Análisis de enfermedad laboral
(quinta parte)

Pauta 18: Análisis de enfermedad laboral
(quinta parte)
Como se mencionó en la pauta anterior, la Resolución 1111 de 2017 dice que para enfermedad laboral se deben calcular dos indicadores con periodicidad mínima anual, que midan la prevalencia y la incidencia.
Para medir la incidencia da la siguiente fórmula:
Incidencia = (
Número de casos nuevos de enfermedad laboral en el período
Promedio de trabajadores en el período
) x 10n
Aunque la resolución no especifica a qué se refiere la “n”, a nivel mundial lo más común es trabajar con la constante 100.000.
El resultado se puede leer como “En el período de análisis se presentaron X casos nuevos de enfermedad laboral por cada 100.000 trabajadores”.