Como se mencionó en la pauta anterior, la Resolución 1111 de 2017 dice que para enfermedad laboral se deben calcular dos indicadores con periodicidad mínima anual, que midan la prevalencia y la incidencia.

Para medir la incidencia da la siguiente fórmula:

Incidencia = (
Número de casos nuevos de enfermedad laboral en el período / Promedio de trabajadores en el período
) x 10n

Aunque la resolución no especifica a qué se refiere la “n”, a nivel mundial lo más común es trabajar con la constante 100.000.

El resultado se puede leer como “En el período de análisis se presentaron X casos nuevos de enfermedad laboral por cada 100.000 trabajadores”.