Como se dijo en la pauta 1, luego de la descripción, se hace el seguimiento del comportamiento del ausentismo en el tiempo, a través de indicadores. La Resolución 1111 de 2017 dice que para ausentismo se debe calcular el indicador que corresponde a la proporción de tiempo perdido anual, con la siguiente fórmula:

(
Número de días de ausencia por incapacidad laboral y común / Número de días programados de trabajo
) x 100

A continuación, se da un ejemplo para ilustrar su aplicación:

Empresa con 50 trabajadores que laboran 6 días a la semana (312 días al año, si se tienen en cuenta las 52 semanas que lo componen); en el año se presentaron 150 incapacidades, generando 624 días de incapacidad.

El numerador se refiere al número de días de ausencia por incapacidad laboral y común, en este caso, 624.

Para obtener el denominador, multiplicamos el número de trabajadores por el número de días que se programa trabajar en el año, en este caso, 50 * 312 = 15.600. Los días programados de trabajo son los días que se trabajarían si nadie faltara en todo el año, es decir, cada persona trabajaría 312 días para el ejemplo que se está manejando.

Al reemplazar en la fórmula, se obtiene:

(
624 / 15.600
) x 100 = 4%

El resultado se puede leer como “En el año de análisis se perdió el 4% de días programados por incapacidades de origen médico” o “En el año de análisis, por cada 100 días programados de trabajo, se perdieron 4 por incapacidades de origen médico”.